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Consejería de Educación. Junta de Extremadura

Calendario escolar para el curso 2025/2026

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado la RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2025, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se aprueba el calendario escolar para el curso 2025/2026.

De acuerdo con el contenido esta Resolución, para el 2º ciclo de Educación Infantil, la Educación Primaria, así como para la Educación Secundaria Obligatoria (ESO):

  • Las actividades lectivas comenzarán el día 11 de septiembre de 2025.
  • Las actividades lectivas finalizarán el día 19 de junio de 2026.
  • La entrega de calificaciones será el día 23 de junio de 2026.

Por lo que respecta a los periodos no lectivos o vacaciones, establece que:

  • Las vacaciones de Navidad serán del 23 de diciembre de 2025 al 7 de enero de 2026, ambos inclusive.
  • Las vacaciones de Semana Santa, del 30 de marzo de 2026 al 6 de abril de 2026, ambos inclusive.

Servicio de Comedor Escolar, curso 2025-2026

La Instrucción 1/2025 del Ente Público Extremeño de Servicios Complementarios que regula el funcionamiento del servicio de Comedor Escolar en los centros públicos de la Comunicad Autónoma de Extremadura mantiene abierto el plazo para que los padres, madres o tutores legales del alumnado interesado puedan solicitar este servicio.

Plazos:

  • Plazo ordinario: del 1 al 15 de junio, para el alumnado que esté matriculado en el centro.
  • Del 1 al 15 de julio, para el alumnado que, por no estar matriculado en el centro, no lo pudo solicitar en el plazo ordinario (por ejemplo, el alumnado que iniciará su escolarización el curso 2025-2026.
  • Plazo extraordinario: del 1 al 4 de septiembre, para el alumnado trasladado desde otro centro educativo.

Gratuidad del servicio:

Durante el curso 2025/2026 tendrán derecho a la gratuidad del servicio de comedor escolar:

  • El alumnado beneficiario de ruta de transporte escolar o de ayuda individualizada de transporte escolar.
  • El alumnado perteneciente a familias con necesidades socioeconómicas especiales, de acuerdo con el contenido de la Regla 4-b de la citada instrucción.

Presentación de solicitudes:

Los/as tutores/as legales interesados/as en solicitar el servicio de comedor escolar para sus hijos/as deberán presentar, en la Secretaría del centro educativo, la correspondiente solicitud (Anexo I). Además,

  • Si se solicita el uso gratuito del servicio de comedor escolar:
    • La condición de beneficiario de transporte escolar la comprobará de oficio el centro.
    • Si se alega pertenencia a familia con necesidades socioeconómicas especias, se deberá cumplimentar el Anexo IV.
  • Si se solicita el uso del comedor escolar previo pago del precio público (4,32 euros por alumno/a y día):
    • Si se alega incompatibilidad horaria, certificado de la empresa.
    • Si se alega otra circunstancia familiar (p.e., familia monoparental), documentación justificativa.
    • Para cumplir el criterio de menor renta familiar, se deberá cumplimentar el Anexo IV.

Nota: A la instrucción completa se puede acceder desde el enlace incrustado en el texto «Instrucción 1/2025» con que comienza esta entrada.

Ayudas destinadas a la adquisición de libros de texto y material escolar

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publicó el 11 de junio de 2025 la Orden por la que se regula el libramiento de fondos para la dotación de libros de texto y de material escolar y didáctico a los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, para el curso escolar 2025/2026.

Destinatarios

El destinatario de estos fondos es el CRA (art. 3), cuyo Consejo Escolar utilizará (art. 4) los siguientes criterios para determinar el alumnado usuario de libros de texto y material escolar y didáctico:

  • Pertenecer a Familia Numerosa, legalmente reconocida.
  • Pertenecer a familias cuya renta familiar no supere los umbrales de rentas computables como máximos que se especifican en el art. 4.1 de la citada Orden.

Plazo de presentación de las solicitudes.

Las solicitudes se presentarán en la secretaría del centro, en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOE; es decir, entre el 12 de junio y el 2 de julio de 2025.

Documentación a presentar

  • Los padres, madres o tutores legales del alumnado solicitante perteneciente a familia numerosa, legalmente constituida, solo deberán presentar cumplimentado el modelo de solicitud anexo I, además de acreditar la condición de familia numerosa.
  • Los padres, madres o tutores legales del alumnado solicitante perteneciente a familias cuya renta familiar no supera los umbrales máximos establecidos en la Orden, además del modelo de solicitud del Anexo I, deberá cumplimentar el Anexo II, o en su defecto presentar una certificación expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de su nivel de renta.

Características del libramiento

Las finalidades de este libramiento de fondos, así como las características de los fondos, están recogidas en los artículos 2 y 5, respectivamente, de la Orden.

Nota: A la orden completa se puede acceder desde el enlace incrustado en el texto «Diario Oficial de Extremadura (DOE)» con que comienza esta entrada.